¿Qué es un Certificado Energético?
El Certificado Energético (CEE) es el documento que expresa el consumo energético de un inmueble. Atiende a una serie de parámetros, como la zona climática, el tipo y uso del inmueble, la envolvente térmica (fachadas, medianeras, cubiertas, suelos), las instalaciones térmicas (agua caliente, calefacción, aire acondicionado). También indica las medidas de mejora destinadas al ahorro energético.
Tarifas
Pisos, oficinas y locales |
< 40 m² | de 40 a 80 m² | de 81 a 120 m² | de 121 a 160 m² | de 161 a 200 m² |
| 67,00 € | 77,00 € | 87,00 € | 107,00 € | 127,00 € | |
Casas o unifamiliares |
< 80 m² | de 80 a 180 m² | de 181 a 240 m² | de 241 a 350 m² | de 351 a 500 m² |
| 97,00 € | 127,00 € | 157,00 € | 207,00 € | 257,00 € | |
Edificios (nº de inmuebles) |
hasta 4 | de 5 a 10 | de 11 a 30 | de 31 a 60 | de 61 a 120 |
| 177,00 € | 237,00 € | 517,00 € | 727,00 € | 897,00 € |
Entrega de toda la documentación dentro de las 24 horas siguientes a la realización de la visita.
Precios válidos en Zaragoza capital. IVA y Registro DGA incluidos.
Obligatoriedad del Certificado Energético
Desde el 1 de junio de 2013 es obligatorio contar con la certificación energética antes de poner en venta o alquiler cualquier tipo de inmueble. Quedan exceptuados los indicados en el Real Decreto 235/2013:
Edificios protegidos, lugares de culto, construcciones provisionales, edificios industriales, de la defensa y agrícola no residenciales, edificios aislados menores de 50 m2 útiles, edificios destinados a reformas integrales y edificios cuyo tiempo de uso anual sea menor a 4 meses.
La obligación de encargar el Certificado Energético recae sobre el propietario del inmueble. Debe entregarlo en la notaría (en caso de compra-venta) o mostrarlo al inquilino (en caso de alquiler).
El propietario debe disponer de dicha certificación energética antes de anunciar su inmueble, e incorporar a dicho anuncio la calificación energética obtenida. En caso de que intervenga una agencia inmobiliaria, ésta debe contar con el Certificado Energético.
La vigencia del Certificado Energético es de 10 años, por lo que llegado ese momento hay que volver a realizar la inspección.
¿Quién puede elaborar un Certificado Energético?
Son técnicos competentes en la elaboración de certificados de eficiencia energética cualquier arquitecto o ingeniero, tanto técnico como superior.
¿Cómo es un Certificado Energético?
Un certificado de eficiencia energética se divide en cinco partes:
-Certificado de Eficiencia Energética de Edificios Existentes:
Identifica el inmueble que se certifica, los datos del técnico certificador y la calificación energética obtenida.
-ANEXO I. Descripción de las características energéticas del edificio:
Indica la superficie, imagen y situación del inmueble así como su envolvente térmica (fachadas, cubiertas, medianeras, suelos, ventanas) y sus instalaciones térmicas (calefacción, refrigeración y agua caliente). En el caso de locales también iluminación, ventilación, uso y ocupación.
-ANEXO II. Calificación energética del edificio:
Muestra los indicadores global y parciales (calefacción, agua caliente, refrigeración e iluminación) de emisiones de CO2, la calificación parcial de la demanda energética de calefacción y refrigeración y las calificaciones global y parciales del consumo de energía primaria.
-ANEXO III. Recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética:
Describe hasta tres conjuntos de medidas de mejora en los que se indica la intervención a realizar y los nuevos valores de demanda energética, energía primaria consumida y emisiones de CO2 que se obtendrían tras la reforma.
-ANEXO IV. Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas por el técnico certificador:
El técnico indica el proceso que ha seguido durante la toma de datos y la elaboración del Certificado Energético.
Registro del Certificado Energético
Una vez elaborado, el certificado de eficiencia energética debe inscribirse en el registro de la Comunidad Autónoma aportando una copia del mismo junto con la hoja de inscripción. Si el técnico certificador cuenta con una autorización del propietario, puede realizar el registro en su nombre. Finalmente, la Comunidad Autónoma emite la etiqueta energética.
Etiqueta Energética
Es la hoja resumen del Certificado Energético que indica los datos del inmueble así como la calificación energética obtenida. Al igual que las etiquetas energéticas de los electrodomésticos, muestra un gráfico de colores siendo el verde oscuro (letra A) el más eficiente y el rojo (letra G) el menos eficiente. También refleja la fecha de validez del Certificado Energético (10 años), momento en el que hay que volver a realizar el informe.
Elaboración del Certificado Energético por parte del técnico
En primer lugar, el técnico certificador ha de realizar la visita del inmueble y de los recintos comunes de climatización y agua caliente (cuartos de calderas, torres de refrigeración,…), si los hubiera. En dicha visita se realiza la medición de fachadas, medianeras, ventanas,… Así como la comprobación de las sombras proyectadas por otros edificios y de las instalaciones de climatización y agua caliente.
Posteriormente ha de incorporar los datos recabados en alguno de los documentos de certificación energética reconocidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Por último debe registrar la certificación energética en el Departamento designado por la Comunidad Autónoma y hacerle llegar los documentos obtenidos al propietario del inmueble.
¿Qué ocurre si no realiza el Certificado Energético?
En caso de vender o alquilar un inmueble sin el correspondiente Certificado Energético o facilitando uno falseado, el organismo competente de la Comunidad Autónoma puede emitir la correspondiente sanción que oscila entre los 300 y los 6.000 € según la Ley 8/2013.
Enlaces de interés
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas.
Certificación Energética de Edificios en Aragón
Consulta pública de certificados inscritos en Registro del PORTAL de la DGA



